
REGLAMENTO CÓDIGO DE ÉTICA
La Agencia de Aduana Mario Londoño S.A. Nivel 1 cumple con las actividades propias del agenciamiento aduanero, tiene claro que, como parte de su responsabilidad social, debe actuar en armonía con la Constitución Política, las leyes de la República y los valores y principios éticos que les permiten actuar como verdaderos auxiliares de la función pública aduanera.
Este Grupo de normas rigen entonces, la conducta de todos los colaboradores de Agencia de Aduana Mario Londoño S.A. Nivel 1, luego de ser debidamente aprobado por Acta Extraordinaria de Junta Directiva No 139 del 30 de Septiembre de 2019, mediante la cual se establecen los principios que han de regir los comportamientos de todos los colaboradores y demás funcionarios que hacen posible esta labor.
OBJETIVOS DEL CÓDIGO
Las normas de ética contenidas en este Código no niegan otras no expresadas en el Reglamento Interno de Trabajo y debidamente aprobadas por el Ministerio de Protección Social Territorial de Antioquia. Tampoco debe entenderse que permitan todo lo que no prohíben expresamente, por cuanto son sólo ilustrativas en casos en que se producen faltas contra la moral Empresarial. Se presentan como guías básicas para un trabajo honesto y digno por parte de todos los colaboradores, directivos, agentes de aduana y auxiliares en las actividades propias, conexas y complementarias del agenciamiento aduanero.
ARTÍCULOS
1º ESPACIO DE APLICACIÓN: Este Código tiene por objeto regular la conducta de todos los colaboradores directivos, agentes de aduana y auxiliares de la Agencia de Aduana Mario Londoño S.A. Nivel 1., teniendo en cuenta los principios generales del derecho y los principios y valores éticos adoptados por la Compañía y las costumbres de general aceptación.
2º VALORES: La Agencia de Aduana Mario Londoño S.A. Nivel 1 adopta los valores corporativos del Grupo TCC presentados en el Manual de Buen Gobierno corporativo, no obstante, como agencia de aduanas contamos adicionalmente con otro grupo que dictan los pilares y perfiles de la compañía tales como:
- LEALTAD:Capacidad de actuar de manera fiel con los propósitos y metas de Agencia de Aduana Mario Londoño S.A., del ejercicio honesto del agenciamiento aduanero y de los intereses lícitos de los clientes.
- VERACIDAD:Capacidad de hablar, actuar e informar con la verdad.
- OBJETIVIDAD:Es la intención de ver o expresar la realidad tal como es. Es la capacidad de actuar de manera neutra e imparcial en todo momento.
- ACTITUD DE SERVICIO:Se muestra dispuesto a prestar un servicio de manera cordial y atenta, demostrando interés por responder y satisfacer las necesidades del cliente externo o interno.
- RESPETO A LAS LEYES:Es el convencimiento del valor que tiene para el desarrollo armonioso de una sociedad y de sus instituciones, el apego a las leyes del Estado y de sus instituciones, así como el respeto a las normas que rigen nuestra actividad profesional.
- RECTITUD E INTEGRIDAD:Capacidad de actuar de manera digna e intachable en todo momento.
- COMPROMISO:Capacidad de sentir como propios la política, objetivos, valores y principios de la Empresa, identificándose con ellos dando como resultado el responder eficazmente con las responsabilidades adquiridas y adecuándose oportunamente a las Reglas de Etiqueta de la Empresa y tener siempre una presentación adecuada.
- SOLIDARIDAD:Entendida como la disposición de ayudar a quien lo necesite, de apoyarse mutuamente, la disposición permanente a hacer el bien de manera amable, generosa y firme.
PRINCIPIOS
Los principios adoptados por la Agencia de Aduana Mario Londoño S.A. Nivel 1 y que constituyen una directriz de actuación para nuestro personal son:
- IGUALDAD: Es la capacidad de dar a todos los individuos (compañeros, clientes Internos y Externos, autoridades y comunidad en general) un trato igual, con igualdad de oportunidades para ejercer sus derechos y desarrollar sus actividades.
- TRANSPARENCIA Y HONESTIDAD: Capacidad de actuar con rectitud y calidad, con coherencia entre lo que se piensa, se dice y se hace, sin duda ni ambigüedad, con objetividad y claridad, siguiendo conductos regulares y cumpliendo siempre con la normatividad vigente. Evitando, en todo momento, cualquier conducta que pueda generar corrupción o cualquier tipo de actitud que ponga en tela de juicio su claro proceder o el de la Compañía.
- PREVALENCIA DEL BIEN COMÚN: Capacidad de actuar de manera que las decisiones y los resultados de estas estén orientados en beneficio tanto de la Empresa, de sus clientes, de las autoridades y de la comunidad en general.
- PROFESIONALISMO: Entendido como el interés por obtener y mantener los conocimientos y destrezas requeridos para el cargo, utilizándolos para proveer la más alta calidad en sus servicios.
CONFLICTO DE INTERESES
Se entiende por conflicto de intereses toda situación o evento en que los intereses personales, directos o indirectos de socios, administradores o empleados de la Agencia de Aduana Mario Londoño S.A. Nivel 1, se encuentren en oposición con los intereses legítimos de ésta y en consecuencia los lleven a actuar en su desempeño por motivaciones diferentes al recto y real cumplimiento de sus responsabilidades.
Será responsabilidad del Comité de Presidencia evaluar en primera instancia, cualquier circunstancia de conflicto de intereses en las actuaciones de los colaboradores u otros públicos de interés, en relación con lo definido en el Manual de Gobierno Corporativo del Grupo TCC. Situaciones que no puedan ser resueltas o superen el alcance del Comité de Presidencia, se llevarán al Comité de Auditoría y de Conflicto de Intereses, de la Junta Directiva.
El conflicto de intereses puede presentarse de muchas formas, por ello es importante el buen juicio y el sentido de pertenencia y responsabilidad para con Agencia de Aduana Mario Londoño S.A. Nivel 1 y así evitar encontrarse en una situación que genere conflicto de intereses. Las pautas siguientes se refieren a situaciones comunes en las que existe conflicto:
- Todo conflicto de intereses real o potencial deberá ser comunicado a los superiores apropiados y ser discutido con éstos.
- Los colaboradores no deben recibir beneficios personales indebidos como resultados de sus cargos en Agencia de Aduana Mario Londoño S.A. Nivel 1.
- Todos los colaboradores tienen el deber de servir a los intereses legítimos de Agencia de Aduana Mario Londoño S.A. Nivel 1 No deberán aprovecharse de oportunidades, ni hacer uso de propiedad o información corporativas, ni aprovecharse de su puesto en beneficio propio, ni competir con la Organización de manera directa o indirecta.
- Trabajar a través de uno o varios miembros de la familia o amigos del funcionario, en asuntos que están en conflicto con el cargo desempeñado en Agencia de Aduana Mario Londoño S.A. Nivel 1.
- Los funcionarios no pueden ser colaboradores, asesores, agentes propietarios o directivos de entidades competidoras de la Agencia de Aduana Mario Londoño S.A. Nivel 1.
- Favorecer a un cliente en perjuicio de otro.
- Aprovecharse del cargo para obtener beneficios adicionales para si o para terceros.
- Extralimitarse en las funciones y realizar actos en forma fraudulenta, aún en beneficio de la Institución.
- No se deben ofrecer ni aceptar incentivos o beneficios para la realización de negocios, fuera de las condiciones normales y propias de los mismos.
Las atenciones recibidas (en dinero o en especie) no deben obstaculizar la libertad e independencia para elegir lo que se estime mejor para Agencia de Aduana Mario Londoño S.A. Nivel 1 Y SUS CLIENTES, todo dentro del marco legal de actuación.
ÁMBITO DE DESARROLLO
Los ámbitos donde se desarrollarán las normas de ética son:
- Las relativas a la relación de la Empresa con sus colaboradores.
- Las relativas a la relación de la Empresa con sus clientes.
- Las relativas a la relación de la Empresa con sus proveedores
- Las relativas a la relación de la Empresa con el estado y las autoridades de control.
- Las relativas a la relación de la Empresa con sus colegas.
- Las relativas a la relación de la Empresa con la sociedad.
RELACIÓN EMPRESA CON LOS COLABORADORES
- La Agencia de Aduana Mario Londoño S.A. Nivel 1 buscará garantizar el trato justo y digno para todos los colaboradores, proporcionando las condiciones y los recursos adecuados para el desarrollo de las actividades encomendadas, así como un ambiente de trabajo que permita y respete el crecimiento personal y familiar integral de todos los colaboradores.
- La Agencia de Aduana Mario Londoño S.A. Nivel 1 como parte de su Sistema de Gestión de la seguridad en la cadena de suministro, disponen de procedimientos para la selección, enganche, capacitación, evaluación y retiro de los colaboradores, así como el Sistema de Administración Salarial, el cual brinda elementos objetivos de equidad y competitividad, en la remuneración de sus trabajadores.
- La Agencia de Aduana Mario Londoño S.A. Nivel 1 velará por el cumplimiento de las normas existentes sobre acoso laboral, debidamente contemplado en el Reglamento Interno de Trabajo.
RELACIÓN EMPRESA CON LOS CLIENTES
- La Agencia de Aduana Mario Londoño S.A. Nivel 1 prestará sus servicios a todos aquellos que lo soliciten y que de acuerdo con la ley tengan capacidad para realizar operaciones aduaneras y/o actividades conexas o complementarias dentro de las condiciones legales y éticas, con observancia total de los principios de confidencialidad, profesionalismo y honestidad. De todos modos, se tendrá que establecer la viabilidad de atender la petición de servicios de cada cliente en observancia estricta de las normas sobre conocimiento y seguridad del cliente y similares tanto de obligación legal o de aplicación de La Agencia de Aduana Mario Londoño S.A. Nivel 1.
- La Agencia de Aduana Mario Londoño S.A. Nivel 1 se abstendrá, en todo momento, de ofrecer y prestar sus servicios en condiciones tales que pueda presumirse, fundadamente, que los costos de prestación del servicio son mayores al monto de lo cobrado.
- La Agencia de Aduana Mario Londoño S.A. Nivel 1 y sus funcionarios actuarán en todo momento en la gestión de sus negocios y en la relación con sus clientes, con diligencia, eficacia, de manera informada y profesional, con estricto apego a los principios y valores aquí contenidos.
- La Agencia de Aduana Mario Londoño S.A. Nivel 1 y por ende todo su personal, deberá en todo momento proporcionar al cliente información veraz, transparente y oportuna. Ningún Colaborador de la Compañía deberá permitir que se usen sus servicios profesionales o su nombre o el de la Empresa para facilitar o hacer posible el ejercicio de la profesión por quienes no estén legalmente autorizados para ejercerla.
- Los colaboradores de La Agencia de Aduana Mario Londoño S.A. Nivel deberán abstenerse de realizar negocios con personas naturales o jurídicas de las cuales se tenga conocimiento que observan un comportamiento empresarial contrario a las leyes. Así mismo, deberán expresar con claridad a los clientes las características y cualidades de los servicios, para que la relación comercial fluya en términos de equidad, seguridad y transparencia.
- Todos los procesos y actividades desarrollados por La Agencia de Aduana Mario Londoño S.A. Nivel 1 para la prestación de sus servicios, deberán ejecutarse con base en los procedimientos establecidos por su Sistema de Gestión integrado, el cual garantiza la aplicación de buenas prácticas en todos los procesos organizacionales, mediante la implementación de estándares de calidad (ISO 9001), Seguridad y Salud en el Trabajo (Decreto ley 1072 – 2015) y Seguridad de Cadena de Suministro (OEA/BASC).
- La Agencia de Aduana Mario Londoño S.A. Nivel 1 deberá guardar reserva sobre los negocios de Los clientes que hayan contratado sus servicios, siempre y cuando se encuadren dentro del marco de la ley. El secreto profesional será absoluto y cederá únicamente ante la necesidad de defensa personal o ante el pedido formulado por autoridad competente.
RELACIÓN EMPRESA CON LOS PROVEEDORES
- La Agencia de Aduana Mario Londoño S.A. Nivel 1 recurrirán siempre a prácticas comerciales, éticas, morales, leales, transparentes y legales en la relación con los proveedores de bienes y servicios.
- En sus relaciones con los proveedores de bienes y servicios prevalecerán principios de cordialidad, responsabilidad, respeto, cortesía, honestidad y mutuo beneficio.
- Para la elección de proveedores de bienes y servicios, La Agencia de Aduana Mario Londoño S.A. Nivel 1 se regirá según los criterios definidos en el manual de contratación del Grupo TCC.
- La Agencia de Aduana Mario Londoño S.A. Nivel 1 exigirá a sus proveedores el cumplimiento e implementación de buenas prácticas en salud, higiene, seguridad industrial y seguridad en la cadena de suministros, así mismo deberán garantizar los aportes a la seguridad social de su personal.
RELACIÓN CON EL ESTADO Y ENTIDADES DE CONTROL.
- Los procedimientos y políticas de La Agencia de Aduana Mario Londoño S.A. Nivel 1 están enmarcados en un profundo respeto por la Ley adoptando los requerimientos y prácticas exigidas por los organismos reguladores, de vigilancia y control del Estado. Por lo cual la compañía se conducirá con el debido respeto ante la autoridad, con honorabilidad y dignidad, siempre teniendo en cuenta en el ejercicio de su actividad los valores, principios éticos y morales.
- La Agencia de Aduana Mario Londoño S.A. Nivel 1 y sus colaboradores deberán obrar con honradez, buena fe, transparencia y apego a las normas legales que rigen su actividad comercial.
- La Agencia de Aduana Mario Londoño S.A. Nivel 1 apoyará a la DIAN y demás autoridades de control en programas para prevenir el contrabando, corrupción lavado de activos, tráfico de estupefacientes, tráfico de sustancias para el procesamiento de narcóticos, terrorismo, financiación del terrorismo y tráfico de armas.
RELACIÓN EMPRESA CON LOS COLEGAS
- La Agencia de Aduana Mario Londoño S.A. Nivel 1 reconoce en sus colegas igualdad en dignidad y profesionalismo, por lo que se abstendrá en todo caso de realizar actos que demeriten tal naturaleza.
- La Agencia de Aduana Mario Londoño S.A. Nivel 1, en atención al espíritu de solidaridad gremial y profesional, brindará cooperación solidaria y subsidiaria a sus colegas cuando lo requiera.
- La Agencia de Aduana Mario Londoño S.A. Nivel propiciará una relación de mutuo respeto con los colegas y actuarán con criterio ético, sin utilizar prácticas de competencia desleal, enmarcando las prácticas y políticas comerciales de la compañía, en criterios de libre competencia y un estricto cumplimiento de la Ley.
- Se mantendrá una competencia leal como elemento básico en todas las operaciones y relaciones con otros actores del mercado, de acuerdo con los principios de la sana competencia. En ningún caso se deberán hacer comentarios que puedan afectar la imagen de los colegas o contribuir para la divulgación de rumores sobre los mismos.
RELACIÓN EMPRESA CON LA SOCIEDAD
- La Agencia de Aduana Mario Londoño S.A. Nivel 1 en sus actividades debe ser socialmente responsable y como todo factor económico, deberá mantener siempre al corriente sus obligaciones legales y observar una conducta solidaria con la sociedad.
- La Agencia de Aduana Mario Londoño S.A. Nivel 1 promoverá prácticas de responsabilidad social, gestión ambiental y estándares de seguridad entre sus asociados de negocio.
La Agencia de Aduana Mario Londoño S.A. Nivel 1 como parte del Grupo Logístico TCC, adoptará las demás disposiciones contenidas en el Manual de Buen Gobierno Corporativo en el apartado de “RELACIONES CON PUBLICOS DE INTERES”.
INCUMPLIMIENTO
La Empresa sancionará el incumplimiento de este Código de Ética según lo establecido en el presente documento y en el Reglamento Interno de Trabajo, se denunciará a las autoridades competentes en los casos a que haya lugar de acuerdo con las normas vigentes.
PROCEDIMIENTO
Las cuestiones que se susciten en relación con el incumplimiento de las normas de conducta establecidas en el presente Código serán conocidas por el Comité de Control de Auditoria creado para tal efecto. Este Comité tendrá competencia para resolver las situaciones aun cuando no estén expresamente contempladas en este cuerpo de reglas, considerando los principios, valores contenidos en el presente y en el Reglamento Interno de Trabajo de La Agencia de Aduana Mario Londoño S.A. Nivel 1.
SANCIONES
Las sanciones por incumplimiento del Código de Ética serán las que a continuación se señalan y se aplicarán atendiendo las circunstancias de cada caso en concreto, de acuerdo con la gravedad de la falta, el daño posible daño causado, la reincidencia, entre otras:
- Llamado de atención verbal.
- Llamado de atención escrito, con copia a la Hoja de Vida.
- Suspensión en el ejercicio de sus funciones de Ocho (8) a Sesenta Días (60).
- Terminación del contrato de trabajo.
DIVULGACIÓN
Con el fin de garantizar que este Código llegue a cada integrante de La Agencia de Aduana Mario Londoño S.A. Nivel 1, éste se dará conocer a cada colaborador en el proceso de inducción de la compañía, además se hará retroalimentación de este, a través de Tips electrónicos desde el área de comunicaciones.
La Agencia de Aduana Mario Londoño S.A. Nivel 1 en garantía de los preceptos de este Código procederán de acuerdo con sus conocimientos, su experticia y, sobre todo, con base en los principios y valores aquí contenidos, con un criterio justo y acorde a las leyes.